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	<title>Comments on: Sobre jueces, juristas y la [necesaria y urgente] crítica a los Tribunales</title>
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	<description>Comentarios sobre derecho, justicia y democracia en Puerto Rico</description>
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		<title>By: anti-lawyer</title>
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		<dc:creator>anti-lawyer</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 27 Oct 2009 20:37:25 +0000</pubDate>
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		<description>My name is Hiram, I never used an Emanuel to study, ergo, am a genius.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>My name is Hiram, I never used an Emanuel to study, ergo, am a genius.</p>
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		<title>By: Iván García Zapata</title>
		<link>http://derechoalderecho.org/2009/09/05/sobre-jueces-juristas-y-la-necesaria-y-urgente-critica-a-los-tribunales/comment-page-1/#comment-592</link>
		<dc:creator>Iván García Zapata</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 13 Sep 2009 14:46:31 +0000</pubDate>
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		<description>Me parece que en el fondo se trata de una diferencia generacional. De una parte, los que aún conciben la institución del tribunal como un poder constitucional infalible, y como tal, inmune a la crítica de sus funcionarios. De otra, los que pensamos que la democracia se fortalece con la crítica continua e inteligente, venga de donde venga, y que, a mayor debate, mayor transparencia en la gestión pública que le ha sido delegada a ésta o a cualquier otra rama de gobierno. 

No es casualidad que en este segundo grupo suelen estar los que aprovechan medios alternativos como éste para maximizar su derecho a la libertad de expresión. Y es que el derecho a la libertad de expresión se queda hueco si no se tienen los medios o los foros para hacerlo valer. Es decir, si no se tiene acceso al debate de ideas de manera que se pueda influir efectivamente en la opinión pública, el derecho a libertad de expresión es un mero concepto jurídico carente de sentido práctico. En ese sentido, la revolución informática ha supuesto la superación de un escollo histórico que cada vez está más lejano o ajeno a esta nueva generación de abogados y abogadas. Para estos, la divulgación de información y el debate de opiniones es algo natural, siempre bienvenido. Y en este plano informático, particularmente, las ideas protagonizan y la identidad de los sujetos poco importa. Es la democracia en su expresión más pura.

En cualquier caso, no se trata de un problema exclusivo de esta jurisdicción. El NY Times publica hoy lo siguiente: 

http://www.nytimes.com/2009/09/13/us/13lawyers.html?_r=1&amp;hp</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Me parece que en el fondo se trata de una diferencia generacional. De una parte, los que aún conciben la institución del tribunal como un poder constitucional infalible, y como tal, inmune a la crítica de sus funcionarios. De otra, los que pensamos que la democracia se fortalece con la crítica continua e inteligente, venga de donde venga, y que, a mayor debate, mayor transparencia en la gestión pública que le ha sido delegada a ésta o a cualquier otra rama de gobierno. </p>
<p>No es casualidad que en este segundo grupo suelen estar los que aprovechan medios alternativos como éste para maximizar su derecho a la libertad de expresión. Y es que el derecho a la libertad de expresión se queda hueco si no se tienen los medios o los foros para hacerlo valer. Es decir, si no se tiene acceso al debate de ideas de manera que se pueda influir efectivamente en la opinión pública, el derecho a libertad de expresión es un mero concepto jurídico carente de sentido práctico. En ese sentido, la revolución informática ha supuesto la superación de un escollo histórico que cada vez está más lejano o ajeno a esta nueva generación de abogados y abogadas. Para estos, la divulgación de información y el debate de opiniones es algo natural, siempre bienvenido. Y en este plano informático, particularmente, las ideas protagonizan y la identidad de los sujetos poco importa. Es la democracia en su expresión más pura.</p>
<p>En cualquier caso, no se trata de un problema exclusivo de esta jurisdicción. El NY Times publica hoy lo siguiente: </p>
<p><a href="http://www.nytimes.com/2009/09/13/us/13lawyers.html?_r=1&#038;hp" rel="nofollow">http://www.nytimes.com/2009/09/13/us/13lawyers.html?_r=1&#038;hp</a></p>
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		<title>By: Érika Fontánez Torres</title>
		<link>http://derechoalderecho.org/2009/09/05/sobre-jueces-juristas-y-la-necesaria-y-urgente-critica-a-los-tribunales/comment-page-1/#comment-591</link>
		<dc:creator>Érika Fontánez Torres</dc:creator>
		<pubDate>Sat, 12 Sep 2009 13:39:11 +0000</pubDate>
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		<description>Saludos!. En reafirmación de lo que he planteado sobre el tema desde la amonestación a Roberto Sánchez Ramos, reafirmo mis coincidencias  plenas con lo expuesto en el post y dejo por aquí esta columna en la que resumo algunos de los planteamientos. salió publicada hoy:

http://www.elnuevodia.com/voces/614242/</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Saludos!. En reafirmación de lo que he planteado sobre el tema desde la amonestación a Roberto Sánchez Ramos, reafirmo mis coincidencias  plenas con lo expuesto en el post y dejo por aquí esta columna en la que resumo algunos de los planteamientos. salió publicada hoy:</p>
<p><a href="http://www.elnuevodia.com/voces/614242/" rel="nofollow">http://www.elnuevodia.com/voces/614242/</a></p>
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		<title>By: William Vázquez Irizarry</title>
		<link>http://derechoalderecho.org/2009/09/05/sobre-jueces-juristas-y-la-necesaria-y-urgente-critica-a-los-tribunales/comment-page-1/#comment-586</link>
		<dc:creator>William Vázquez Irizarry</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 07 Sep 2009 16:16:38 +0000</pubDate>
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		<description>A Carlos Mondríguez le tengo un enorme aprecio por razones personales.  Sin embargo, en este caso debo indicar que también me sorprendió su llamado a no criticar a los jueces.  Siempre hay espacio para una afirmación de este tipo si de lo que se trata es de un llamado a la crítica no fundamentada.  En ese sentido el planteamiento es sencillo: nadie debe criticar a otros (públicamente) sin fundamentos.  Ahora, su planteamiento es tan general que definitivamente debe ser entendido como una apelación a la idea de que la dignidad del tribunal / poder judicial no debe ser lacerada en protección de lo que representa.

Ante esto debo coincidir con el planteamiento de Hiram respecto a la crítica a la que deben estar sujetos los tres poderes constitucionales.  Sí, los tres. Es por ello que cuando surgió el incidente con Roberto José, más que las consideraciones a su persona como abogado susceptible de ser sancionado, me preocupo el que se pretendiera limitar la capacidad de un funcionario ejecutivo para criticar el comportamiento judicial.  Si el razonamiento es que el abogado es un funcionario del tribunal y no debe lacerar la legitimidad de la institución, la pregunta es: ¿quién entonces para criticar el foro judicial? ¿La prensa o la ciudadanía? ¿Cuánta información tienen para poder acometer tal empresa? ¿No es acaso la abogada que conoce de primera mano el comportamiento judicial quien está en mejor posición para ello?

Por cierto, todo esto me recuerda haber escuchado de un colega quien ya no ejerce la profesión y que recientemente se dio de baja ante el TS. ¿La razón? Para poder criticar cuando le toque sin estar sujeto a los procesos disciplinarios.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>A Carlos Mondríguez le tengo un enorme aprecio por razones personales.  Sin embargo, en este caso debo indicar que también me sorprendió su llamado a no criticar a los jueces.  Siempre hay espacio para una afirmación de este tipo si de lo que se trata es de un llamado a la crítica no fundamentada.  En ese sentido el planteamiento es sencillo: nadie debe criticar a otros (públicamente) sin fundamentos.  Ahora, su planteamiento es tan general que definitivamente debe ser entendido como una apelación a la idea de que la dignidad del tribunal / poder judicial no debe ser lacerada en protección de lo que representa.</p>
<p>Ante esto debo coincidir con el planteamiento de Hiram respecto a la crítica a la que deben estar sujetos los tres poderes constitucionales.  Sí, los tres. Es por ello que cuando surgió el incidente con Roberto José, más que las consideraciones a su persona como abogado susceptible de ser sancionado, me preocupo el que se pretendiera limitar la capacidad de un funcionario ejecutivo para criticar el comportamiento judicial.  Si el razonamiento es que el abogado es un funcionario del tribunal y no debe lacerar la legitimidad de la institución, la pregunta es: ¿quién entonces para criticar el foro judicial? ¿La prensa o la ciudadanía? ¿Cuánta información tienen para poder acometer tal empresa? ¿No es acaso la abogada que conoce de primera mano el comportamiento judicial quien está en mejor posición para ello?</p>
<p>Por cierto, todo esto me recuerda haber escuchado de un colega quien ya no ejerce la profesión y que recientemente se dio de baja ante el TS. ¿La razón? Para poder criticar cuando le toque sin estar sujeto a los procesos disciplinarios.</p>
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		<title>By: Verónica</title>
		<link>http://derechoalderecho.org/2009/09/05/sobre-jueces-juristas-y-la-necesaria-y-urgente-critica-a-los-tribunales/comment-page-1/#comment-585</link>
		<dc:creator>Verónica</dc:creator>
		<pubDate>Sun, 06 Sep 2009 11:54:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://derechoalderecho.org/?p=1223#comment-585</guid>
		<description>Excelente! No entiendo al colega Mondríguez. No recuerdo sus ejecutorias como presidente del CAPR.... ¿nunca criticó una actuación judicial? Si fue así, tuvo mucha suerte en su época o hizo un flaco servicio a sus colegas y a Puerto Rico.

Hiram, muy bien en que te refirieras a nuestra discusión en CRUNCH TIME. He vuelto a repasarla y me he encontrado con mis posiciones en cuanto al tema que ahora caen como anillo al dedo. Así , las reproduzco aquí:

&quot;.... Lo anterior no significa que renuncie a mi derecho como abogada y ciudadana a problematizar, cuestionar y criticar las opiniones y sentencias emitidas por los jueces y las juezas del país. En ese sentido, aliento la discusión libre de las ideas, y la refutación apasionada de argumentos con otros argumentos.  ... otro de los mitos que me gustaría develar como parte de esta discusión es eso de que “lo personal” no debería tener cabida en la resolución de los casos, cuando todas y todos sabemos que lo personal siempre está presente y que, por eso mismo arriba hacía un alegato en favor de invitar a los jueces a dejar las máscaras a un lado y no utilizar una autoridad para disfrazar sus prejuicios. Insistir en lo imposible, es decir, insistir en que los jueces y las juezas supuestamente tengan que ser neutrales, ciegos, libres de pasiones para resolver lo único que tiene como consecuencia es la impunidad. Sí, porque en la medida en que esa sea la exigencia, el juez o la juez procurará resolver sus casos haciendo referencias a otras autoridades y maquillando sus opiniones de un manto de legitimidad que, como efecto, conlleva una limitación a la crítica. Entonces, todo el análisis legal se levanta sobre una premisa, a mi entender, ilusoria: que juez resolvió de X manera no porque pertenece a una clase, raza o género privilegiado sino porque la LEY y la INTEPRETACION JUDICIAL así lo ameritaba. Partir de esa premisa a la hora de evaluar los casos limita la crítica de los mismos. Lamentablemente, por eso sobran los análisis de término de corte exclusivamente positivista. Y, mientras tanto…. Una pareja de hecho heterosexual no puede adoptar a una niña aún cuando supuestamente nuestro derecho de familia se levanta sobre el bienestar de los y las menores, una persona transexual no puede cambiar su certificado de nacimiento exponiéndola de esa manera a la burla, el odio, la intolerancia de la homofobia, y Paseo Caribe es dueño del mar.&quot;

La columna de Mondríguez refiere a todo lo anterior.... Una podría elegir, como aparente elegir el colega Mondríguez, limitar la critica a la actuación de la jueza en el caso de Santa María a si utilizó bien o mal la normativa relativa a las condiciones restrictivas. Pero existimos otros y otras que no nos limitamos a eso, que vemos más allá, que no creemos en CASUALIDADES, y que nos sentimos convocadas a criticar resultados que nos parecen injustos, ilegítimos y discriminatorios.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Excelente! No entiendo al colega Mondríguez. No recuerdo sus ejecutorias como presidente del CAPR&#8230;. ¿nunca criticó una actuación judicial? Si fue así, tuvo mucha suerte en su época o hizo un flaco servicio a sus colegas y a Puerto Rico.</p>
<p>Hiram, muy bien en que te refirieras a nuestra discusión en CRUNCH TIME. He vuelto a repasarla y me he encontrado con mis posiciones en cuanto al tema que ahora caen como anillo al dedo. Así , las reproduzco aquí:</p>
<p>&#8220;&#8230;. Lo anterior no significa que renuncie a mi derecho como abogada y ciudadana a problematizar, cuestionar y criticar las opiniones y sentencias emitidas por los jueces y las juezas del país. En ese sentido, aliento la discusión libre de las ideas, y la refutación apasionada de argumentos con otros argumentos.  &#8230; otro de los mitos que me gustaría develar como parte de esta discusión es eso de que “lo personal” no debería tener cabida en la resolución de los casos, cuando todas y todos sabemos que lo personal siempre está presente y que, por eso mismo arriba hacía un alegato en favor de invitar a los jueces a dejar las máscaras a un lado y no utilizar una autoridad para disfrazar sus prejuicios. Insistir en lo imposible, es decir, insistir en que los jueces y las juezas supuestamente tengan que ser neutrales, ciegos, libres de pasiones para resolver lo único que tiene como consecuencia es la impunidad. Sí, porque en la medida en que esa sea la exigencia, el juez o la juez procurará resolver sus casos haciendo referencias a otras autoridades y maquillando sus opiniones de un manto de legitimidad que, como efecto, conlleva una limitación a la crítica. Entonces, todo el análisis legal se levanta sobre una premisa, a mi entender, ilusoria: que juez resolvió de X manera no porque pertenece a una clase, raza o género privilegiado sino porque la LEY y la INTEPRETACION JUDICIAL así lo ameritaba. Partir de esa premisa a la hora de evaluar los casos limita la crítica de los mismos. Lamentablemente, por eso sobran los análisis de término de corte exclusivamente positivista. Y, mientras tanto…. Una pareja de hecho heterosexual no puede adoptar a una niña aún cuando supuestamente nuestro derecho de familia se levanta sobre el bienestar de los y las menores, una persona transexual no puede cambiar su certificado de nacimiento exponiéndola de esa manera a la burla, el odio, la intolerancia de la homofobia, y Paseo Caribe es dueño del mar.&#8221;</p>
<p>La columna de Mondríguez refiere a todo lo anterior&#8230;. Una podría elegir, como aparente elegir el colega Mondríguez, limitar la critica a la actuación de la jueza en el caso de Santa María a si utilizó bien o mal la normativa relativa a las condiciones restrictivas. Pero existimos otros y otras que no nos limitamos a eso, que vemos más allá, que no creemos en CASUALIDADES, y que nos sentimos convocadas a criticar resultados que nos parecen injustos, ilegítimos y discriminatorios.</p>
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