Artículos en la Categoría ‘Urbanismo’

el caso que esperábamos: zmt y bienes de dominio público

Por Érika Fontánez Torres - November 17th, 2009-Categorías: Ambiental, Reales, TSPR, Urbanismo Tags: , ,  •  No Comments

Sí, finalmente nuestro Tribunal Supremo emitió la opinión que esperábamos sobre la zona marítimo terrestre (zmt) y los bienes de dominio público marítimo terrestre. Se trata del caso Blas Buono v. Vélez Arocho, en el que se dilucida la metodología de deslinde  de la zmt que debe llevar a cabo el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) y la interpretación de algunos aspectos de su definición según las leyes españolas, la Ley de Puertos nuestra de 1968 y el Reglamento 4860 del DRNA.

La opinión fue emitida por la Jueza asociada Anabelle Rodríguez, con una opinión concurrente en parte y disidente en parte de la Jueza asociada Liana Fiol Matta.

Se que urge un análisis detallado de la opinión y se lo he prometido a muchos y muchas, pero como estoy corta, cortísima, cortitísima de tiempo, les hago un micro-resumen comentado (como las micro-mareas de las costas puertorriqueñas, que no son sensibles según el criterio legal español aplicado al Mediterráneo) y les prometo uno más serio, detallado y rigurosamente comentado para el próximo mes (se bien que debo análisis de varias opiniones!). Aquí va.

El punto prinicipal era determinar si en las áreas en que ‘son sensibles las mareas’ (si es que existen esas áreas en PR), el DRNA puede utilizar criterios científicos como los rasgos geográficos y topografía para llevar a cabo el deslinde y si además de esos criterios, podría utilizar criterios como las mayores olas en los temporales en áreas en que ‘no son sensibles las mareas’. Recordemos qeu la definicón de zmt que data desde fines del Siglo XIX alude a la sensibilidad o no de las mareas, según el contexto continental español. La opinión de mayoría determina que el DRNA puede utilizar otros elementos bióticos y topográficos, entre otros elementos científicos de su expertis, para deslindar un área en que son sensibles las mareas, pero no puede utilizar además el criterio de las olas en los temporales, sino que este último criterio solo se utilizará para aquellas áreas en que ‘no son sensibles las mareas’. Dispone, además, que la definición de zmt y la normativa hay que atemperarla a la protección constitucional de los recursos naturales y a la política pública ambiental. Asimismo, establece que los manglares que tienen influencia de la marea son parte de la zmt.

Hay pronunciamientos muy importantes en esta opinión que habrá que resaltar en otro momento y que a mis ojos le parecen muy buenos. Pero debo señalar que el punto clave que nos ha detenido por mucho tiempo en este tema aquí no se atiende directamente: ¿dónde, si en algún sitio, procede aplicar el criterio de la sensibilidad o insensibilidad de las mareas? ¿Acaso la definición que apunta a este asunto proviene de un contexto (el español) que habría que atemperarlo al puertorriqueño para entonces determinar si la definición -tal y como está y como se está interpretando- lejos de atender la política jurídica que se busca proteger, la soslaya? ¿Cómo debemos interpretar esa definición? Ahí estriba la importancia de los señalamientos de la opinión disidente.

La disidencia de la Jueza Fiol radica en un desacuerdo metodológico con la interpretación textualista, formalista, de la mayoría. Disiente en lo referente a la limitación que se le impone al DRNA de utilizar el criterio de las olas y otros criterios científicos y lo más importante, contextualiza la definición de la ‘sensibilidad de las mareas’ al contexto geográfico español del cual surge la definición. Es decir, no basta la contextualización histórica, sino que además debido al alto interés público de este tema- que incluye protección ambiental y a la vida y propiedad- habría que contextualizar la definición a nuestras realidades geográficas, distintas del binomio español geográficamente hablando, y atemperar la definición española sobre sensibilidad-no sensibilidad de las mareas a nuestras costas. Para mí esta es la clave de su disidencia y la clave del asunto de hermenéutica que ha detenido al DRNA por años (por supuesto, junto a otros factores). Esto último le corresponde al DRNA, por ser la agencia con el peritaje y la opinión mayoritaria lo precluye. La Jueza Fiol Matta, nuevamente clara, con una metodología y línea de adjudicación certera e impecable.

Esto a vuelo de pájaro. Luego sigo…

ante el Supremo de EEUU la costa y los propietarios

Por Érika Fontánez Torres - June 16th, 2009-Categorías: Ambiental, Constitucional, Planificación, Reales, Urbanismo Tags: , , , ,  •  No Comments

 

Ayer, el Tribunal Supremo de los EEUU acogió la petición de certiorari en el caso Stop the Beach Renourishment, Inc. v. Florida Department of Environmental Protection, No. 08-1151. En ese caso se debate el reclamo de propietarios que colindan con lo que llamaríamos aquí los bienes de dominio público marítimo-terrestre de que se les compense ‘justa compensación’ propietaria en los casos que -como en este- el gobierno ha decidido -mediante ley- revitalizar y sanear la línea de costa y el acceso al espacio público costero. El Tribunal Supremo de Florida concluyó que la legislación que permitía la restauración de la costa a favor del espacio público no constituyó en ese caso una incautación (taking) y por lo tanto, los propietarios colindantes no tendrían derecho a compensación. Esta es la decisión que estará ahora ante el Supremo y que luego de 2005, con Kelo y un nuevo Tribunal (posiblemente con Sotomayor ahí), nos daría una idea de cómo la nueva corte atiende el asunto de las incautaciones. 
El tema es de extrema relevancia e importancia para nosotros. Acceda a la opinión del Tribunal Supremo de Florida aquí

¿patrón legislativo?

Por Érika Fontánez Torres - March 17th, 2009-Categorías: Administrativo, Ambiental, Constitucional, Legislación, Urbanismo Tags: , , , , , ,  •  2 Comments

A veces hace falta echarle una mirada a las cosas desde ‘Google Earth’ y tratar de definir los patrones, por aquello de que queden claros y una pueda seguir los mapas. En estos días nos preguntamos porqué de pronto tenemos las manos llenas tratando de analizar, comentar y combatir varias propuestas de la mayoría legislativa que de pronto tocan todas a la vez a nuestras puertas. La pregunta, casi retórica, pero que vale la pena contestar, argumentar y darle fundamento, sería: ¿cuál es el patrón y la filosofía política y de gobierno que persiguen estos proyectos de ley?, ¿cuáles son sus premisas?. Esta parece ser la única manera de discutir efectivamente y deliberar sobre ellas.

(Tal vez por aquí por el blog se haga más fácil que en el Capitolio pues allí no se permite la entrada si una va con un ‘sticker’ pequeñito en su camisa que dice  ’Sí a la Colegiación’ (ni hablar de camisas de organizaciones o sindicatos). En serio resulta preocupante saber que se ha determinado y se han dado órdenes en el Capitolio en ese sentido, es decir, si tienes un pegadizo en el que expresas una afiliación o causa te queda vedada tu garantía como ciudadano de entrar y participar de la deliberación en la ‘Casa de las Leyes” y al menos el viernes, aún con vistas públicas sobre un tema de tanto interés como el de la colegiación de los abogados y abogadas, cerraron las puertas del Capitolio y prohibieron la entrada a quienes tenían insignias del Colegio de Abogados. Semillero de políticas y acciones mucho más preocupantes y muy serias (tema urgente para otro post)…)

Los proyectos que nos ocupan en estos días son (solo algunos):

-Eliminación de la Colegiación cumpulsoria- P. de la C. 152- Para eliminar la colegiación compulsoria de los abogados y abogadas.

-Eliminación del Proyecto CAUCE de Río Piedras (Centro de Rehabilitación Urbana, Comunitaria y Empresarial- P del S 11 y R. de la C. 203  pretenden remover a la UPR, Recinto de Río Piedras, de la coordinación del proyecto de rehabilitación de este centro urbano bajo la Ley Núm. 75 del 5 de julio de 1995, según enmendada.

-Eliminación de los recursos de revisión administrativa como recursos no-discresionales ante el Tribunal de Apelaciones- P de la C 537. De esta forma se enmienda la Ley de la Judicatura y la LPAU para evitar que los recursos de revisión de las agencias administrativas tengan que atenderse obligatoriamente.

-Eliminación del Art. 16 de la Ley del FIdeicomiso de la Tierra del Caño Martin Peña-P. del S. 365 – Se elimina el Artículo 16 que es el que ejecuta la política pública de poner a favor del Fideicomiso y las comunidades del Caño los terrenos patrimoniales del Estado en el Distrito especial.

El derecho a intervención y a la participación

Por Érika Fontánez Torres - October 12th, 2008-Categorías: Administrativo, Ambiental, Planificación, TSPR, Urbanismo Tags: , , , , , , , ,  •  No Comments

Hace poco, el Tribunal Supremo emitió una Opinión muy atinada en el tema del derecho a la intervención en los procesos administrativos. Se trata de Comisión de Ciudadanos al Rescate de Caimito, Inc. v. G.P. Real Property, 2008 TSPR 105. La opinión fue emitida por la Jueza asociada Liana Fiol Matta y como señalaré en otra entrada, contrasta (para bien) con una sentencia que emitiera este mismo Tribunal que daba al traste con este derecho. Resalta notoriamente la opinión disidente del Juez Federico Hernández Denton a la que se unió el Juez Efrain Rivera Pérez. En lo que sigue resumiré la opinión y en próximas entradas esbozaré mis miradas a la Opinión mayoritaria, la disidente y en general desarrollaré más el tema del tratamiento del Tribunal Supremo en estos casos de intervenciones y participación ciudadana en los proceso administrativos. Leer más… »

Ante el Supremo de EEUU

Por Érika Fontánez Torres - October 12th, 2008-Categorías: Ambiental, Constitucional, Jurisdicción federal, Urbanismo, daños y perjuicios Tags: , , , , , , , , , , ,  •  No Comments

En este nuevo término ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos estan los sigueintes casos y controversias:

Religion y libertad de expresión

Los Diez Mandamientos y los Siete Aforismas

Un grupo religioso en Utah le donó al gobierno de la ciudad un monumento nombrado “Los Diez Mandamientos”, monumento que fue colocado en un parque de la ciudad. Un grupo también de base religiosa llamado Summum le donó a la ciudad otro monumento titulado “Los Siete Aforismas”, pero la ciudad lo ha rechazado. En Pleasant Grove City v. Summum, el Supremo atenderá la controversia sobre libertad de expresión y religión que se ha cifrado en su el monumento de los diez mandamientos se considera “expresión” por parte del gobierno de la ciudad o de los donantes y si los parques son foros públicos. Leer más… »

La reconsideración

Por Érika Fontánez Torres - August 25th, 2008-Categorías: Ambiental, Reales, TSPR, Urbanismo Tags: , , ,  •  No Comments

La semana pasada el Tribunal Supremo de Puerto Rico denegó la reconsideración que presentó el Departamento de Justicia en el caso Paseo Caribe. El Departamento presentó reconsideración en ambos casos: el concerniente a la condición jurídica de los bienes en que ubica el proyecto y aquél en que el Tribunal se expresara sobre la paralización temporera del proyecto. En el primer caso, el Juez Presidente Hernández Denton, el Juez asociado Rivera Pérez y la Jueza asociada Anabelle Rodríguez denegaron la reconsideración. La Jueza asociada Fiol Matta reconsideraría por las mismas razones de su Opinión disidente y concurrente del 31 de julio. El Juez Presidente emitió un voto particular de conformidad en el que quiso hacer constar claramente su posición sobre varios asuntos. Se aludió a la “Regla de Necesidad” (como sabemos, el Juez asociado Rebollo López se retiró). Valga señalar que este caso, como planteamos antes, a raíz de la participación de la Jueza asociada Anabelle Rodríguez en la adjudicación, trae consigo unos cuestionamientos sobre el uso y el objetivo de la llamada “Regla de Necesidad”, que aunque no analizaré aquí, vale la pena que se discuta en un futuro. Leer más… »